Blanqueo de capitales: se reduce a 2.000 € la obligación de identificar al cliente para pago de premios.

SE REDUCE DE 2.500€ A 2.000€ LA OBLIGACION DE IDENTIFICAR AL CLIENTE PARA EL PAGO DE PREMIOS.

De acuerdo con el Decreto Ley 11/2018 de 31 de Agosto, publicado en el BOE 214 del 04/09/2018, que modifica la Ley 10/2010 de 28 de abril:

Artículo 2. Sujetos obligados.
(…)
u) Las personas responsables de la gestión, explotación y comercialización de loterías u otros juegos de azar presenciales o por medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos. En el caso de loterías, apuestas mutuas deportivo-benéficas, concursos, bingos y máquinas recreativas tipo “B” únicamente respecto de las operaciones de pago de premios.

Artículo 7. Aplicación de las medidas de diligencia debida.:
(…)
6. Los operadores de juego a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos identificarán y comprobarán la identidad de cuantas personas pretendan participar en estos juegos o apuestas, en los términos previstos reglamentariamente.
Cuando efectúen transacciones por un valor igual o superior a 2.000 euros en una operación o en varias operaciones entre las que parezca existir algún tipo de relación, ya sea en el momento del cobro de ganancias y/o de la realización de apuestas, estos operadores de juego deberán aplicar el resto de las medidas de diligencia debida respecto del cliente en los términos de esta Sección.
Los operadores de juego a través de medios presenciales aplicarán las medidas de diligencia debida cuando efectúen transacciones por un valor igual o superior a 2.000 euros en una operación o en varias operaciones entre las que parezca existir algún tipo de relación.
7. Reglamentariamente podrá autorizarse la no aplicación de todas o algunas de las medidas de diligencia debida o de conservación de documentos en relación con aquellas operaciones ocasionales que no excedan de un umbral cuantitativo, bien singular, bien acumulado por periodos temporales.

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En el Area de Documentos de la web, en la sección de NORMATIVA puedes encontrar la normativa consolidada sobre este tema, actualizada a fecha 04/09/2018. Asimismo en el área de documentos, en la sección de CARTELES podeis encontrar una nota para informar a vuestros clientes de la obligación de solicitar la identificación para efectuar el pago de cantidades iguales o superiores a 2.000.- €

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